Como el niño que va al dentista cuando le duelen las muelas, yo acudí a la persona de confianza que mejor podía asesorarme en el tema. Un abogado, y no un abogado cualquiera, uno especializado en nuevas tecnologías. Y como el niño que le curan los empastes, no sólo me llevé lo que quería, si no que además de premio me dio una piruleta en forma de artículo. Un fertástico artículo...quiero decir, un fantástico artículo que voy a compartir con vosotros. Aclarando un poco dónde estamos y a donde vamos. No me enrollo más, y os dejo con el gran Fernando Benítez Rodríguez.
La
reforma de la Ley de Propiedad Intelectual: Zona de carga y no
descarga
Fernando
Benítez Rodríguez
Abogado
especialista en Nuevas Tecnologías en DATAINLEGAL
Las
Nuevas Tecnologías han potenciado un cambio en los hábitos de
consumo de productos audiovisuales. Basta retroceder unos diez años
para comprobar cómo hemos ido adquiriendo unas costumbres que, en su
día, jamás pensaríamos que formarían parte de nuestro día a día.
Hoy
en día, en plena era tecnológica, hemos dejado de ver los correos
electrónicos en el ordenador para recibirlos en nuestros
smartphones,
así como ya no esperamos a ver nuestras películas y series
favoritas en la televisión, si no que con un simple click,
las podemos ver a la hora que nos apetezca y en el momento que nos
sea mas cómodo.
La
descarga de películas, series o libros es una costumbre ya arraigada
en los usuarios de Internet y se ha creado una cultura del "todo
gratis" que ha llevado al legislador español a tomar cartas en
el asunto presentando un proyecto de reforma de la Ley de Propiedad
Intelectual que es ya una realidad y está vigente en nuestro país
desde el 01 de Enero de 2015.
Esta
reforma de la Ley de Propiedad Intelectual ( en adelante, LPI) ataca
duramente a las denominadas páginas de enlaces con unas sanciones
elevadas tanto desde el punto de vista del Derecho Penal (hasta 6
años de prisión) como desde el punto de vista económico ( multas
cuyas cuantías pueden ascender hasta los 600.000 €).
Los
usuarios han visto como han ido cerrando progresivamente las páginas
de enlaces que solían visitar casi a diario para descargar los
capítulos de sus series favoritas.
Ante
este panorama, muchos usuarios se hacen la siguiente pregunta: ¿Que
va a pasar a partir de ahora y que me puede suceder si descargo una
película con la vigente Ley de Propiedad Intelectual ?.
En
primer lugar, cabe destacar que descargar archivos con contenido
considerado como ilegal ( al no ser los propietarios legítimos de
los derechos de autor y no estar autorizados por estos para su
difusión) tiene la consideración de ser una actividad alegal.
Ello
se traduce en que el usuario final puede seguir descargando este tipo
de archivos y no tendrá responsabilidad penal por el momento.
Las
páginas de enlaces se sustentaban bajo la modalidad de descarga
directa, es decir, pincho en un link que me lleva a otra página
donde se encuentra almacenado el archivo y ya puedo descargarlo; pero
muchos usuarios se cuestionan sobre la legalidad del uso de las redes
P2P
para descargar archivos tras el cierre de las citadas páginas de
enlaces.
La
forma de operar en las redes
P2P
es distinta a la descarga directa, en tanto en cuanto, los usuarios
de redes
P2P
pueden ser a la vez los que suben los archivos y los que descargan
los archivos y para los casos de los usuarios que suben los archivos
(uploaders)
si tienen responsabilidad penal al compartir contenido que vulnera
derechos de autor.
Otra
cuestión importante a resaltar de la reforma de la LPI es la
responsabilidad que puede recaer sobre las empresas o servicios que
colaboren con una página de enlaces, ya sea de forma directa (
servicios que provean el hosting
a
la página de enlaces) o indirecta ( empresas que insertan su
publicidad en una página de enlaces para obtener mas visibilidad).
Los
usuarios, molestos con la reforma de la LPI y el cierre de numerosas
webs de enlaces, se preguntan cuál es la alternativa para poder
seguir accediendo a los contenidos que venían consumiendo desde
antes de que entrara en vigor la reforma de la LPI.
Existen
algunas plataformas en España que permiten, previo pago de una cuota
de suscripción, acceder a una multitud de contenidos audiovisuales
pero la oferta de dichas plataformas no satisface la demanda de la
mayoría de usuarios en la actualidad al no equipararse a lo que
ofrecían las páginas de enlaces como era la gratuidad de los
contenidos.
No
obstante, cada vez más las cadenas de televisión optan por lanzar
sus contenidos en las páginas webs una vez emitidos en televisión
para que puedan ser disfrutados en cualquier momento, aunque algunos
contenidos incluyen publicidad durante el visionado.
En
conclusión, esta reforma supone un cambio para el que muchos
usuarios no estaban preparados y que pretende ser una propuesta
eficaz para acabar con la piratería de contenidos digitales en
España.
Quizás
en el futuro con la aparición de nuevos servicios Streaming
veamos que los usuarios apuestan por las descargas legales y
finalmente desaparecen las páginas de enlaces; no obstante,
estaremos atentos para ver como se aplica esta reforma de la LPI y su
efectividad real , pero no debemos olvidar que los destinatarios de
estas nuevas medidas son los usuarios de Internet, tanto empresas
como particulares, y no existe nada peor que un usuario insatisfecho.
Como habrán leído, la situación es más crítica de lo que algunos pensaban. La imparcialidad del artículo nos permite a cada uno, hacer la libre reflexión sobre lo que acontece. La mía, tal vez la exponga de forma más amplia en otra entrada, pero a modo de resumen mostraré 3 puntos que me parecen importantes. Lo primero, es que las obras de arte: la música, los cómics, el cine, las series de televisión, etc. no son un producto como si de unas gafas se tratase. No podemos legislarlas como tal, y de hecho, tanto es así, que esto sólo se hace cuando interesa. El contenido audiovisual nunca es mío, ya que no puedo hacer con él lo que quiera, cosa que sí sucede cuando compro cualquier otro objeto. Es que, ¿nunca una película deja de pertenecer a la empresa que puso el dinero para hacerla? ¿Hasta cuándo debemos pagar por ver "Titanic"? ¿Cuando multiplique por 300 la inversión que hicieron? No, tampoco. Nunca nos pertenecerá, en ese trato que hacemos cuando compramos o pagamos por ver o escuchar algo, simplemente lo alquilamos de una forma muy concreta, ¿cuántas veces se paga una película o una serie?. Lo segundo, es que no se pueden poner puertas al campo ((curiosa metáfora hoy en día)), pero sí se puede retrasar a la humanidad 20 años. Antes, y por suerte, aún ahora, podemos ver y oír cualquier cosa pagando una tarifa de línea ADSL y un ordenador. De seguir así, y si se cumple la ley a raja tabla, para hacer esto mismo, deberíamos contratar unas 3 o 4 plataformas de pago, de unos 15-20 euros cada una. Al mes. Y ni siquiera con ese desembolso, podríamos verlo todo cuando queremos. Tercero, y por último, me apoyo en una reflexión de Montesquieu que dice "una cosa no es justa por el hecho de ser ley, debe ser ley porque es justa". No pedimos, o al menos yo, no pido que no se pague por nada, digo que existen otras formas de financiación mucho más cómodas y económicas para el espectador. Muchas empresas que denuncian a webs por subir contenidos y poner publicidad, y por tanto, lucrase a su costa, no los utilizan. Pero eso sí, después pagan a una empresa para conseguir más visitas en su web ofreciendo, en el mejor de los casos, fotos exclusivas del rodaje y trailers promocionales. ¿Saben lo que llegaría a pagar un anunciante por poner un banner en la web donde se subirá Juego de Tronos al día siguiente de su emisión en EEUU? Público potencial le llaman. No dejen que les influencien desde el lenguaje, llamandonos "piratas" en el mejor de los casos. La ley debe acomodarse al pueblo, y no debe ser el pueblo el que se acomode a la ley. Tal vez eso que hacemos no es tan malo, tal vez no estemos robando a nadie. Tal vez, y sólo tal vez, nos roben a nosotros sin darnos cuenta.
Me despido, no sin antes agradecer una vez más a Fernando, al que espero poder volver a ver aquí alguna que otra vez. Descarguen mientras puedan.